Las Administraciones Públicas de la UE obligadas a recibir facturas electrónicas

Las Administraciones Públicas de la UE obligadas a recibir facturas electrónicas

Las Administraciones Públicas de la UE, obligadas a recibir y procesar facturas electrónicas desde el 18 de abril

La transformación digital es un proceso que no tiene marcha atrás y las administraciones públicas deben seguir el ritmo. A partir del próximo 18 de abril cualquier país de la Unión Europea estará obligado a recibir y procesar facturas electrónicamente en sus operaciones B2G (Business to Government) utilizando un formato común.

El plazo de esta obligación se amplía un año -hasta el 18 de abril de 2020- en el caso de las Administraciones Regionales y Locales, para darles tiempo a adaptarse al gran cambio que supone a nivel internacional y por la complejidad del proyecto.

La Agenda Digital Europea considera a la e-factura como un elemento clave para las relaciones internas en el mercado común y la entrada en vigor la Directiva 2014/55/CE, que establece esta obligación, supone un fuerte impulso en este sentido, tal y como explica a través de un comunicado la compañía SERES, especializada en servicios de intercambio electrónico seguro de documentos.

«Es evidente que la utilización de un formato común mejorará y simplificará la relación comercial en el ámbito de la UE, extendiendo los beneficios añadidos que ofrece la factura en formato electrónico a las empresas, como la mejora de la gestión, la trazabilidad y la reducción de costes, creando un mercado comercial común», señala Alberto Redondo, director de Marketing de SERES para Iberia y LATAM.

En 2014, la UE aprobó esta directiva sobre facturación electrónica en la contratación pública, en la que se exigía la definición de un estándar común europeo de e-factura tanto en el nivel semántico como en la sintaxis. El objetivo de este estándar era unificar y simplificar la actividad de las empresas e instituciones a la hora de facturar e intercambiar las facturas entre diferentes países.

Los trabajos de normalización de un formato común han dado lugar al estándar europeo de factura electrónica CEN-TC/434, también conocido como EN 16931, cuya utilización será obligatoria en toda la Unión Europea a partir del 18 de abril (de modo que las administraciones públicas deberán aceptar facturas de sus proveedores exclusivamente en este formato).

Actualmente, la factura electrónica con la Administración Pública ya es obligatoria, o tiene una legislación aprobada para las operaciones B2G, en países como Dinamarca, Suecia, Finlandia, Austria, Italia, Eslovenia, España, Croacia, República Checa, Lituania, Bélgica, Estonia, Francia, Países Bajos, Alemania, Polonia y Grecia. A partir del 18 de abril comenzará la obligatoriedad en el resto de países.

Dentro de esta normativa, se encuentran excepciones en países como Portugal, en cuya normativa establece el 19 de abril de 2020 como la fecha a partir de la cual el Estado Central e Institutos públicos deben poder recibir e-facturas; Grecia, que pospone la obligatoriedad a 2020; o Reino Unido, que se encuentra pendiente del acuerdo del Brexit y de su salida de la Unión Europea.

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